Begoña Gómez solicita a la Audiencia de Madrid la revisión del fallo que la somete a juicio con jurado.
La defensa de Begoña Gómez, actual esposa del presidente del Gobierno, ha solicitado a la Audiencia Provincial de Madrid que revise la decisión del juez Juan Carlos Peinado, que ha derivado la investigación por presunta malversación en relación con el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora en Moncloa hacia un juicio con jurado popular. Esta solicitud argumenta que la investigación debería ser analizada por jueces profesionales y no por un grupo de ciudadanos.
En el recurso de apelación, la defensa, liderada por el exministro socialista Antonio Camacho, argumenta que no existen pruebas que vinculen a Gómez con el nombramiento o remuneración de Álvarez, lo que sugiere que no ha habido malversación en su actuación. Según Camacho, la ausencia de implicación de Gómez en estos aspectos debe detallar la falta del segundo requisito necesario para que su caso se lleve a juicio popular.
El abogado también destaca que Begoña Gómez debe ser considerada una "particular", subrayando que, como esposa del jefe del Ejecutivo, carece de autoridad o funciones públicas que la vinculen al delito de malversación. Añade que su rol en la administración pública no se ajusta a la definición de un funcionario y, por tanto, no debe ser juzgada como tal.
Asimismo, argumenta que el intercambio de correos electrónicos en el contexto laboral es una práctica común y, en este caso, no puede interpretarse como un delito de malversación por el mero hecho de que los empleados públicos realicen gestiones en beneficio de amigos o familiares. Camacho califica esta interpretación como “exagerada” y desconectada de la realidad cotidiana.
La defensa también subraya que no existe un marco legal que regule el papel de la cónyuge del presidente del Gobierno, lo que hace que la distinción entre funciones privadas e institucionales planteada por el juez Peinado no corresponda con la práctica habitual en el contexto democrático actual.
En relación con los correos intercambiados entre Cristina Álvarez y la Universidad Complutense, se señala que estos forman parte de un esfuerzo administrativo en el que la esposa del presidente tiene un papel de apoyo. Se insiste en que Álvarez no era la única responsable, y que cualquier comunicación era simplemente parte de una serie de gestiones dentro de un contexto colaborativo.
La defensa señala que todos los correos han sido enviados desde la dirección personal de Álvarez, y que la ayuda brindada se originaba en la amistad y no en un interés económico, dado que Gómez no recibía compensación por su trabajo en la cátedra, lo que refuerza la tesis de que no se trata de un ejercicio de malversación.
Camacho recalca que se requiere una intencionalidad para que se configure el delito de malversación, un aspecto que carece de fundamento en cuanto a las acciones de Begoña Gómez, quien no puede haber tenido la intención de perjudicar el patrimonio público solo por solicitar una modificación menor en un correo.
En cuanto a los otros investigados, como Cristina Álvarez y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, se sostiene que tampoco pueden ser acusados de malversación, ya que no participaron directamente en la designación de Álvarez ni tenían la autoridad para gestionar su salario. Este argumento busca desestimar cualquier acusación relacionada con su comportamiento en el contexto de la investigación.
Concluyendo, la defensa asegura que ninguno de los implicados puede ser considerado funcionario público, y, por lo tanto, no procede un juicio con jurado contra ellos por la supuesta malversación.
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