
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado la solicitud de Aedenat-Ecologistas en Acción de suspender de forma cautelar las obras de ampliación de la Línea 11 de Metro en los parques de Arganzuela-Madrid Río y de Comillas. La petición se realizó para evitar la tala de alrededor de 1.000 árboles adultos presentes en la zona. La decisión de los magistrados de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se basa en la falta de concreción por parte de Ecologistas en Acción respecto a los perjuicios irreparables que causaría la pérdida de estos árboles adultos.
La solicitud de la medida cautelar se fundamentaba en la tala masiva de árboles en una zona verde singular, lo que produciría un perjuicio irreparable para los valores cuya protección y conservación se pretende. La solicitud se realizó en el parque de Comillas y en Madrid Río, donde se proyectaron dos nuevas estaciones, además del Parque Darwin de Moratalaz.
La Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid anunció que paralizaría la tala masiva de árboles en el Parque de Arganzuela de Madrid y que modificaría el proyecto de ampliación de la Línea 11 de Metro de Madrid para evitar daños en el arbolado. Los cambios en el plan no contemplan la reubicación de las estaciones, sino la realización de un estudio de las afecciones del arbolado.
Los magistrados del Tribunal Superior de Madrid rechazan la suspensión solicitada al entender, en primer lugar, que la acusación no concreta los perjuicios de imposible o difícil reparación que darían lugar a la pérdida de la finalidad legítima del recurso y, en segundo lugar, porque la suspensión solicitada no restringiría sus efectos al ámbito de la ubicación de la estación de Madrid Río que se encuentra dentro del conjunto del proyecto que ampara la ampliación de la Línea 11 de Metro de Madrid.
La Sala precisa que, cuando Ecologistas en Acción solicita la suspensión cautelar de las obras de ampliación, parece reducir la afectación del interés que dice defender, relacionado con los valores ambientales, a la evitación de la tala de árboles dentro del parque. Además, no se ha explicado si la paralización de la tala conllevaría necesariamente la paralización de todas las obras.
En definitiva, los magistrados han impuesto las costas del incidente a la parte demandante, puesto que no existe certeza sobre cuál sería el fin preciso a perseguir con la medida cautelar solicitada. Además, consideran que discutir la ubicación de la nueva estación de Madrid Río constituiría un debate procesal distinto que abarcaría la cuestión urbanística.
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