Fiscal pide mantener la condena al homicida de Juana Canal; defensa clama por violación de derechos.

MADRID, 25 de marzo. La familia de Juana Canal y el fiscal han instado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) a que mantenga la pena de catorce años impuesta a Jesús Pradales por el homicidio de la joven. En contraposición, la defensa ha presentado alegaciones que apuntan a una supuesta vulneración de derechos fundamentales en el proceso.
En el marco de una vista que tuvo lugar esta mañana en el TSJM, se abordó el recurso de apelación interpuesto por el abogado de Pradales, quien fue condenado por el homicidio intencionado de Juana Canal, una muerte ocurrida la madrugada del 23 de febrero de 2003 durante una disputa en un apartamento en Ciudad Lineal.
Juan Manuel Medina, abogado que representa a la familia de la víctima, ha argumentado que la estrategia de la defensa carece de fundamento y se basa en alegaciones que ya fueron desestimadas por el juez instructor y la Audiencia de Madrid, tales como cuestiones sobre la extensión de la instrucción o posibles demoras en el proceso.
El abogado subrayó que existen pruebas contundentes que apuntan a la culpabilidad de Pradales. Según él, aunque la mayoría de estas pruebas son indiciarias, han sido analizadas por el Tribunal Supremo, el cual ha dejado claro que el acusado tenía antecedentes de comportamiento agresivo y que los incidentes de violencia machista en su historial eran habituales.
La condena que enfrenta Pradales se basa en los hallazgos de un jurado popular, que determinó su culpabilidad por homicidio doloso y rechazó la versión del acusado que alegaba que Juana había fallecido de forma accidental.
El jurado apoyó la argumentación de los representantes de la acusación, quien aseveraban que la muerte de Juana no fue un accidente, como sostenía Pradales, sino el resultado de su comportamiento violento. Durante las diligencias, tanto la fiscal como el abogado de SOS Desaparecidos solicitaron una pena de quince años de prisión debido a las circunstancias agravantes relacionadas con el parentesco.
En su sentencia, el tribunal enfatizó el sufrimiento de los familiares de la víctima, quienes enfrentaron una pérdida devastadora. El juicio demostró que el hijo de Juana, que vivía con ella, tuvo que abandonar su hogar debido a la falta de recursos tras el trágico suceso, y que ni siquiera pudo tener noticias de su madre antes de su fallecimiento.
Los magistrados desestimaron la posibilidad de considerar una atenuante de confesión, ya que Pradales no se presentó ante las autoridades para admitir lo ocurrido. En cambio, brindó su versión de los hechos únicamente tras ser detenido, reconociendo solamente que había desmembrado el cuerpo de Juana Canal.
En el juicio, el acusado sostuvo que su relación de cinco meses con la víctima había culminado en un accidente. Según su versión, Juana había caído al suelo después de que él intentó esquivar sus ataques, argumentando que ella se encontraba bajo los efectos del alcohol esa noche.
Al concluir su alegato, la fiscal destacó que la muerte de Juana no fue un accidente, sino el resultado de la acción violenta de Pradales, quien asumió el riesgo de sus acciones. Detalló que en un lapso de 26 horas, Pradales desmembró el cuerpo, recorrió 170 kilómetros para enterrar los restos y dejó una nota a Sergio, el hijo mayor de Juana, afirmando que su madre había tomado pastillas y se había ido.
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