El Tribunal Supremo (TS) ha tomado una polémica decisión al reducir de 12 a 7 años la pena de prisión para un hombre que cometió diversos delitos graves en Madrid en septiembre de 2008. El individuo robó, amenazó, golpeó y violó a una prostituta.
Los magistrados explicaron que la reducción de la pena fue una consecuencia directa de las acciones del legislador, quien decidió disminuir significativamente las penas para los delitos de agresión sexual. En este sentido, subrayaron que si el legislador determinó que la pena mínima debía ser de 7 años en lugar de 12, entonces la rebaja debe aplicarse al condenado.
Según consta en la sentencia, el acusado recogió a la mujer prostituta en su coche y la llevó al Polígono Marconi de Madrid. Una vez allí, la sometió a un terrible acto de violencia: la agarró violentamente del cuello, la amenazó con un cuchillo, la ató y la tapó la cabeza con una funda de tela. Después de robarle sus pertenencias, el hombre la violó.
El tribunal de instancia había condenado al individuo a 12 años y 1 día de prisión por agresión sexual, además de 3 años por robo. Sin embargo, el hombre presentó un recurso ante el Tribunal Supremo después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la ley del "solo sí es sí", la cual introdujo cambios en el Código Penal.
Los magistrados del Tribunal Supremo decidieron revisar únicamente la pena por el delito de agresión sexual y no se pronunciaron sobre el delito de robo. Según argumentan, la pena de 12 años impuesta por el tribunal de instancia se basó en el marco penal vigente en ese momento, siendo la mínima establecida para este tipo de delitos. Sin embargo, tras la reforma penal, la pena mínima se redujo a 7 años, por lo que el Tribunal Supremo decidió ajustar la condena en base a la nueva legislación.
A pesar de la rebaja en la pena de prisión, el Tribunal Supremo mantuvo la pena de inhabilitación de 12 años y estableció la medida de libertad vigilada por 5 años después de la salida de prisión del condenado.
Es importante destacar que las reducciones de pena son una práctica cada vez más común en los casos revisados por el Tribunal Supremo. Según datos del Consejo General del Poder Judicial, hasta el 1 de septiembre se habían registrado 1.205 reducciones de pena y 121 excarcelaciones en aplicación de la ley del "solo sí es sí". Esto representa el 31,4% de los casos revisados.