El PSOE ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) después de que el Tribunal Supremo (TS) rechazara su solicitud de revisar aproximadamente 30,000 votos nulos en las elecciones generales de julio del año pasado en la provincia de Madrid y anular la proclamación de Carlos García Adanero, del PP, como diputado electo.
En el recurso, el PSOE argumenta que la negativa del Tribunal Supremo ha violado el derecho fundamental al sufragio pasivo y el derecho de acceso en condiciones de igualdad a cargos públicos electos. También alega que no existe ningún artículo en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) que prohíba expresamente la revisión de votos nulos.
El PSOE se refiere a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y señala que el Supremo evitó conocer "la verdadera voluntad de los electores manifestada en el proceso electoral". Además, el partido critica que el Supremo basara su decisión únicamente en el número de votos necesarios, y recuerda que el Constitucional aceptó en 2015 la revisión de votos nulos en Badajoz.
El PSOE solicita al Constitucional que otorgue el amparo y declare que los derechos fundamentales mencionados han sido vulnerados por la sentencia del Supremo.
El Tribunal Supremo rechazó la solicitud del PSOE al considerar que la diferencia de 1,200 votos no era suficiente para la revisión. Los magistrados del Supremo concluyeron que el PSOE no había presentado "datos aritméticos o cálculos estadísticos solventes" que permitieran verificar la relevancia de la revisión de votos en el resultado final y en la asignación del escaño en disputa.
El PSOE presentó el recurso porque consideró que la proclamación de García Adanero como diputado había "cercenado" la posibilidad de que Javier Rodríguez Palacios, del PSOE, fuera proclamado. El partido insistió en que era necesario revisar los votos nulos para determinar si habría obtenido 121 o 122 escaños en el Congreso de los Diputados.
El Tribunal Supremo argumentó que no se podía aceptar el argumento del PSOE y afirmó que no era posible realizar una revisión preventiva de los votos nulos. Los magistrados criticaron a los socialistas por no basar su solicitud en alguna irregularidad en el proceso electoral que afectara la voluntad de los electores.