"El fiscal critica la pericial solicitada por la pareja de Ayuso como una táctica para retrasar el proceso legal."

En un reciente desarrollo en el ámbito judicial español, la Fiscalía Provincial de Madrid ha mostrado su desacuerdo respecto a la incorporación de un informe pericial solicitado por la defensa de Alberto González Amador, pareja de la presidenta Isabel Díaz Ayuso. La Fiscalía considera que esta petición representa un intento de retrasar el proceso judicial ya establecido, contraviniendo el avance hacia el juicio oral que ya se encuentra sobre la mesa.
De acuerdo a la información revelada por Europa Press, a través de un documento emitido por la sección de delitos económicos, el fiscal solicita eficientemente que se desestime la apelación presentada por la defensa de González Amador ante la Audiencia Provincial de Madrid. Esta apelación se refiere a un auto anterior que rechazó varias diligencias, entre ellas la inclusión del mencionado informe pericial en el expediente.
El fiscal argumenta que González Amador tuvo ample tiempo para presentar su pericial, dado que contaba con más de un año y dos meses para realizar las gestiones necesarias, desde la apertura del procedimiento el 20 de marzo de 2024 y tras su correspondiente prórroga en marzo del siguiente año.
El juicio oral contra González Amador fue abierto a finales de septiembre por parte de la jueza Carmen Rodríguez Medel, quien le imputa un presunto fraude fiscal ascendente a 350.000 euros en relación a los ejercicios fiscales de 2020 y 2021, además de supuesta pertenencia a un grupo criminal.
En su acusación, tanto el fiscal como el abogado del Estado demandan para González Amador una pena de tres años y nueve meses de prisión por dos delitos fiscales y falsedad documental. En contraposición, las acusaciones del PSOE y Más Madrid han solicitado una mayor condena de hasta cinco años, al incluir un cargo contable y el de pertenencia a un grupo criminal.
La situación del González Amador es seria, ya que se enfrenta a un juicio por un delito contra la Hacienda relacionado con el impuesto de sociedades de 2020, en conjunto con un delito de falsedad en documento mercantil. Asimismo, se le juzgará por un delito contable continuado y otro de pertenencia a grupo criminal.
Este avance judicial se produce poco después de que la magistrada Carmen Rodríguez Medel rechazara la solicitud de la defensa para posponer la apertura del juicio hasta que se resolvieran recursos previos interpuestos, argumentando que no encontraba justificante para conceder tal dilación.
Las investigaciones iniciadas se originaron a raíz de una denuncia planteada por el Ministerio Fiscal, enfocándose en posibles delitos en relación con el Impuesto de Sociedades durante 2020 y 2021.
Entre las acusaciones, se destaca la presunta falsedad documental, debido a que se presentaron facturas que no se correlacionan con servicios realmente prestados, todo con el fin de disminuir su obligación fiscal.
En una audiencia anterior, González Amador optó por no declarar ante la magistrada, amparándose en su derecho a permanecer en silencio hasta que se decidiera sobre un recurso pendiente relacionado con la pieza separada del caso.
Adicionalmente, una semana después, se aprobó la investigación de otros posibles delitos vinculados a este caso en particular.
Durante su declaración, González Amador proporcionó información sobre sus ingresos a través de Quirón Prevención y desmintió cualquier acusación de evasión fiscal asociada a una supuesta sociedad instrumental creada para eludir impuestos.
La investigación de la Fiscalía se respalda en un informe de la Agencia Tributaria que detectó "gastos ficticios" representados mediante facturas emitidas por diferentes sociedades, cuyo propósito sería pagar menos impuestos del que legalmente le corresponde en relación a los ejercicios fiscales mencionados.
En 2022, la Fiscalía recibió un informe que revelaba datos y evidencias sobre el Impuesto sobre Sociedades correspondiente a 2020 y 2021, el cual suscitó la sospecha de varios delitos, incluyendo más de 120.000 euros en fraude tributario y falsedad en documento mercantil, debido a la presentación de facturas no vinculadas a servicios reales.
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