MADRID, 14 Sep. - El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por unanimidad el recurso de la Asociación de Automovilistas Europeos (AEA) contra las resoluciones judiciales que permitieron al Ayuntamiento de Madrid utilizar marcas de colores distintos al azul en el aparcamiento regulado.
La Sala Primera, basándose en la ponencia del presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ha confirmado los fallos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en 2016 y del Tribunal Supremo (TS) en 2019, que validaron la Ordenanza de Movilidad de la Ciudad de Madrid de 28 de mayo de 2014.
Según el propio TC, esta ordenanza establecía diferentes colores de marcas viales (verde, discontinuas azules y naranjas) para delimitar los distintos tipos de plazas de aparcamiento limitado.
La AEA argumentaba que las decisiones del TSJM y del TS violaban el derecho a la tutela judicial efectiva, la igualdad y la libre circulación por el territorio nacional.
En relación con la libre circulación, el TC rechaza la queja de la AEA porque no fue presentada ante el TSJM y el Supremo, por lo que no ha sido objeto de análisis. Las demás quejas también han sido desestimadas por falta de vulneración constitucional.