Crónica Madrid.

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La Audiencia de Madrid decide liberar al policía implicado en la muerte de un magrebí en Torrejón.

La Audiencia de Madrid decide liberar al policía implicado en la muerte de un magrebí en Torrejón.

La Sala de la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido mantener en libertad provisional a un agente de la policía municipal, quien está siendo investigado por la muerte de un joven de origen magrebí, ocurrida en la noche del 17 de junio en Torrejón de Ardoz.

Según un auto al que tuvo acceso Europa Press, se ha rechazado la apelación presentada por la familia de la víctima, que buscaba revocar la decisión del 19 de junio tomada por la jueza del Juzgado de Instrucción número 1 de Torrejón de Ardoz, que inicialmente había decretado la libertad del agente.

En un desarrollo adicional del caso, la jueza ha ordenado que se solicite al Servicio Madrileño de Salud el historial clínico completo del fallecido. También se ha requerido a la Comisaría de Torrejón que informe si hubo alguna ocasión en la que Abderrahim A. tuvo que ser trasladado al hospital para recibir atención médica debido a alguna afección.

La autopsia realizada reveló que la muerte del joven fue consecuencia de una falta de oxígeno, lo que se define como 'anoxia', hallazgos que fueron corroborados por los profesionales de la salud que atendieron al fallecido.

Los acontecimientos se produjeron cuando el agente, en patrullaje junto a un compañero, estranguló a un hombre de aproximadamente 35 años que había intentado robarle el teléfono móvil en la vía pública.

En su argumentación, los magistrados mencionan que, en esta fase del proceso, los indicios que sugieren un posible delito de homicidio doloso, con penas que podrían alcanzar los quince años, no son suficientes para justificar una medida cautelar. En este sentido, descartan calificar los hechos como asesinato, dado que no se consideran plausibles en este momento.

La Sala también resalta que, aunque existen dudas sobre la calificación final de los hechos, los lazos del investigado con su entorno son sólidos, lo que reduce el riesgo de fuga y garantiza su comparecencia ante la justicia.

Adicionalmente, subrayan que no observan un riesgo de reincidencia en el comportamiento del investigado, ya que no hay antecedentes de conducta violenta vinculados a él.

Los magistrados observan que la gravedad de los acontecimientos, por sí sola, no es suficiente para deducir que el agente pueda volver a cometer actos delictivos, especialmente tratando de un caso tan singular.

En relación a la preocupación social generada por el suceso, la Sala reconoce que cualquier muerte violenta provoca una considerable alarma pública. Sin embargo, enfatizan que este aspecto no tiene relevancia jurídica en el contexto de la apelación presentada por la parte reclamante.