Crónica Madrid.

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La Justicia rechaza por primera vez la reversión de terrenos en Madrid Nuevo Norte.

La Justicia rechaza por primera vez la reversión de terrenos en Madrid Nuevo Norte.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha tomado una decisión histórica al rechazar por primera vez el reconocimiento de derechos de reversión de terrenos expropiados a sus antiguos propietarios. Este fallo se produce en el contexto del desarrollo urbanístico en Madrid Nuevo Norte, donde los terrenos han pasado a ser considerados privados tras su desafectación por parte de Adif.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se desestima el recurso presentado por los herederos de una parcela expropiada en mayo de 1949, utilizada entonces para el ferrocarril de Madrid a Burgos. Los jueces concluyen que no se cumplen los requisitos legales necesarios para la existencia de derechos de reversión, tras examinar tanto la normativa aplicable como las pruebas presentadas.

Esta resolución es pionera en el ámbito jurídico español ya que, por primera vez, se aclara que no existen derechos de reversión sobre los terrenos de Madrid Nuevo Norte después de su desafectación por parte de las entidades ferroviarias. Antes de este fallo, ya existían sentencias que argumentaban que los terrenos debían seguir dedicados al servicio público ferroviario y que no habían sido desafectados hasta la fecha de las solicitudes de reversión.

La novedad en este caso radica en que el TSJM se ha pronunciado específicamente sobre terrenos que han sido expresamente desafectados, afirmando que la finalidad con la que fueron expropiados se ha cumplido. Los demandantes habían iniciado un procedimiento en marzo de 2023 para obtener el reconocimiento de su derecho a la reversión de un terreno de 2.720 metros cuadrados, que fue expropiado en 1949.

El tribunal fundamenta su decisión en el artículo 54 de la Ley de Expropiación Forzosa, cuya última modificación se hizo efectiva en noviembre de 1999, excluyendo expresamente los derechos de reversión bajo ciertas condiciones. Una de las razones citadas por los magistrados es el tiempo transcurrido desde que los bienes fueron expropiados, ya que estos han estado ligados a su propósito original durante más de diez años.

La resolución de 12 páginas detalla el análisis llevado a cabo sobre la parcela en cuestión y concluye que se logró cumplir con el objetivo de la expropiación, ya que el terreno ha formado parte de las instalaciones ferroviarias de la Estación de Fuencarral. En consecuencia, se rechaza la solicitud de reversión, considerando que ha pasado un tiempo excesivo desde la ocupación original.

Los jueces determinan que la reclamación presentada es "extemporánea", ya que se interpuso más de 70 años después de la ocupación y más de 20 años tras la modificación de la ley. Esto provoca que se considere que los plazos legales han sido ampliamente superados en lo que respecta a los terrenos de los recintos ferroviarios de Chamartín y Fuencarral.

Un informe pericial elaborado por un ingeniero especializado en geomática y topografía concluyó que durante los años transcurridos la parcela expropiada no ha presentado cambios significativos y que no se han llevado a cabo obras en ella, excepción hecha de un muro construido en los años 60. Sin embargo, el TSJM, tras revisar otras pruebas, señala que se ha podido almacenar materiales en el terreno, lo que reforzaría el argumento de que ha sido utilizado en su finalidad original.

Aunque el perito no consideró la ubicación de la parcela dentro de las fronteras del sistema ferroviario, el tribunal resalta la importancia de esta circunstancia para determinar si efectivamente ha estado afectada al servicio público. Además, los magistrados expresaron sus dudas sobre si la parcela identificada por el perito realmente corresponde a la que fue expropiada en 1949, dejando la carga de la prueba en el demandante.

El mismo TSJM también está a cargo de otros recursos en trámite vinculados a reclamaciones de derechos de reversión por parte de la Asociación No Abuso y Baraka Capital Group S.L. sobre terrenos que han sido desafectados y transmitidos a la entidad Crea Madrid Nuevo Norte, lo que indica que aún queda camino por recorrer en este ámbito legal.