La jueza de Primera Instancia número 68 de Madrid ha tomado una decisión contundente respecto a la demanda presentada por Joaquín Leguina, exdirigente socialista y expresidente de la Comunidad de Madrid, contra el Partido Socialista Obrero Español (PSOE). La magistrada ha desestimado la reclamación, que alegaba una supuesta violación del derecho fundamental a la militancia, en el contexto de la suspensión de su afiliación al partido en el año 2022.
La expulsión de Leguina del PSOE se produjo en diciembre de 2022, en respuesta a su apoyo a Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, durante las elecciones autonómicas de mayo de 2021. Durante el juicio, Leguina defendió que no había solicitado el voto para la líder regional en aquellas elecciones, intentado así desvincularse de cualquier acusación de deslealtad al partido.
En el documento judicial al que ha tenido acceso Europa Press, la jueza señalan que las declaraciones de Joaquín Leguina, las cuales fueron motivo del proceso de suspensión, pueden considerarse razonablemente como una manifestación de deslealtad hacia el PSOE y perjudiciales para sus intereses electorales. Esta visión deja claro que el partido actuó en cumplimiento de sus normas internas y estatutarias.
La demanda de Leguina se dirige también contra figuras clave del partido, incluyendo al actual secretario de organización, Santos Cerdán, y a la dirigente Marta López Expósito. La magistrada ha argumentado que, según la naturaleza de las declaraciones y el contexto en el que se realizaron, el PSOE no vulneró los derechos fundamentales del exdirigente socialista.
Además, la jueza ha hecho hincapié en que Leguina no ha demostrado la existencia de un daño moral sustancial, teniendo en cuenta que no ocupaba un puesto relevante en el partido desde hacía años y que no participó activamente en corrientes de opinión interna para expresar sus críticas. Se observó que, a pesar de su suspensión, continuó manifestando públicamente sus críticas hacia la dirección del partido y sus candidatos en diversos medios de comunicación.
En su demanda, Leguina buscaba la nulidad de la suspensión de su militancia y solicitaba una indemnización de 18.000 euros, distribuidos entre Santos Cerdán y Marta López Expósito. Sin embargo, el fallo ha determinado que las costas del procedimiento serán absorbidas por la parte demandante, una decisión que resalta la firmeza del tribunal ante su reclamación.
El exdirigente no solo argumenta que se ha vulnerado su derecho a la militancia en el PSOE, sino que también solicita que se paralice el procedimiento en su contra. En abril, ya había encontrado resistencia judicial cuando un juez rechazó las medidas cautelares que él había solicitado contra la decisión del partido de suspenderle.
Su reclamación incluye una demanda de nulidad de la resolución que lo suspendió de militancia, buscando también un reconocimiento de daño a su derecho de participación en los asuntos públicos y una alteración de su derecho constitucional a la crítica y a la libertad de expresión.
El proceso de expulsión que enfrentó Leguina se originó tras las elecciones autonómicas de mayo de 2021, cuando el PSOE decidió abrir un expediente contra él y Nicolás Redondo Terreros. Ambos habían mostrado su apoyo a Isabel Díaz Ayuso, lo que fue interpretado como un acto de deslealtad hacia la formación socialista. A diferencia de Leguina, el expediente contra Redondo Terreros se archivó al considerar que no había incurrido en tal petición de voto.
El mismo día en que el PSOE comunicó la suspensión de Leguina, este recibió un burofax informándole de la decisión. Este caso ha puesto de relieve las divisiones internas dentro del partido y cómo estas han llevado a consecuencias inesperadas para sus miembros, resaltando la compleja naturaleza de la política española contemporánea.
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