• domingo 26 de marzo del 2023
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Familiares del Valle de los Caídos se querellan contra la regidora de San Lorenzo por vulnerar reparación de víctimas

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Denuncian que la negativa a actualizar la licencia de proyectos piensa "una ilegalidad flagrante" que revela "la injusticia y el abuso que están tolerando las familias"

MADRID, 1 Sep.

Familiares de inhumados en el Valle de los Caídos han anunciado una demanda en los juzgados de San Lorenzo de El Escorial contra la regidora de este concejo, Carlota López Esteban, por su "negativa" a reactivar la licencia de proyectos que deje entrar a las criptas para seguir a las exhumaciones de restos de sus conocidos cercanos.

Los demandantes estiman que Carlota López Esteban habría incurrido en un presunto delito de prevaricación al contravenir distintas resoluciones judiciales y con esto "vulnerar la reparación de las víctimas y el principio constitucional de la dignidad de la gente".

La demanda se interpone representando a un familiar de los hermanos Lapeña, fusilados en 1963 por el bando nacional en Calatayud y sepultados en el Valle de los Caídos, y la presidenta de la Asociación de Familiares de los Republicanos sepultados en el Valle de los Caídos, Silvia Navarro.

La acción penal se dirige contra Carlota López Esteban una vez que no haya nuevo el permiso para comenzar los trabajos de ingreso a los restos más allá de que el mes pasado de junio el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acordó alzar la medida cautelar que paralizaba la citada licencia urbanística.

En un informe jurídico, el Ayuntamiento aducía que hasta el momento en que no haya sentencia estable no accedería a la petición de actualizar el permiso, un radical criticado por los familiares de sepultados en el Valle por su falta de solidaridad hacia las víctimas.

El pasado sábado, la regidora aducía en un aviso que la tramitación de cualquier licencia es un trámite reglado sujeto a los reportes especialistas y jurídicos pertinentes y, por consiguiente, "absolutamente extraño a la discrecionalidad de cualquier cargo electo".

En la demanda, a la que tuvo ingreso Europa Press y adelantada por la 'Cadena Ser', se muestra que "concurren" todos y cada uno de los elementos de la supuesta comisión de un delito de prevaricación.

Los familiares sostienen que "la querellada ha dictado en pleno del ayuntamiento su negativa a reactivar la licencia municipal, y por su parte, es conocedora del fallo del TSJ por el que se levanta la suspensión sobre esa licencia que ella misma dio, 12 meses antes".

En los hechos, el letrado de las familias, el letrado Eduardo Ranz Alonso, relata el coche, de 30 de marzo de 2016, preparado por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de San Lorenzo de El Escorial que reconoció el derecho a la digna sepultura de los hermanos Lapeña Manuel y Antonio-Ramiro, una sentencia histórica que seis años después no se ha ejecutado.

También muestra que nuestro TSJM se pronounció sobre esa licencia, denegando la medida cautelar interesada de suspensión de la ejecutividad del acuerdo de 24 de junio de 2021 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial.

Dicho acuerdo concedió a Patrimonio Nacional la licencia urbanística para la rehabilitación de accesos a las criptas de la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos brindada por el Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial.

"¿Qué cambió desde el 24 de junio de 2021, fecha donde se dio la licencia, al 20 20 de junio de 2022, fecha donde se levanta la suspensión por el TSJ? La empresa es exactamente la misma, la regidora, autoridad y el día de hoy querellada por prevaricación, al negarse a reactivar la licencia de exhumación de las victimas del Valle, es exactamente la misma, ¿Qué explicación puede existir para cambiar, en solo un año, una resolución municipal, fundamentada en los reportes preceptivos?", recopila la demanda.

El letrado mantiene que se está frente "una ilegalidad flagrante y resonante, tan grosera y visible que revela por sí sola la injusticia, el abuso y el agregado de antijuricidad, que están tolerando las familias que procuran ver materializado lo que la justicia les ha reconocido".

Subraya que "las víctimas ven vulnerado el principio de igualdad del producto 14 de la CE, con arreglo al derecho a un debido desarrollo sin que "logre predominar discriminación alguna con motivo de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o situación personal o popular".

De igual modo, asegura que se está vulnerando el producto diez.2 de la CE, de conformidad con "las reglas que se relacionan con los derechos escenciales y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y pactos de todo el mundo sobre exactamente las mismas materias ratificados por España".

"Todo lo previo deja calificar la conducta de la regidora como una actuación, cuanto menos, contraria del principio del derecho sobre la prohibición de la actuación en oposición a los actos propios. La regidora, mudando su actuación legal, limita los derechos de otra gente, en un caso así, las víctimas del Valle de Cuelgamuros", afirma.

Agrega que "la trascendencia popular, de esta clase de abusos en los que se intercalan un viable delito de prevaricación, con una animadversión al campo de la memoria histórica, memoria democrática o memoria civil, han despertado en la sociedad de españa una gran expectativa, y esa influencia llegó a despertar el interés de Naciones Unidas".

De ahí, que aluda a las inspecciones realizadas por sus relatores desde el año 2014 hasta esta época, sugiriendo, el relator particular de Naciones Unidas, Pablo de Greiff, al Estado español, aclarar las desapariciones a lo largo del franquismo.

"La negativa a reactivar la licencia de actividad municipal, vulnera la reparación de las víctimas, tal como el principio constitucional de la dignidad de la gente (art. diez.1 CE), haciendo más fuerte violaciones de Derechos Humanos", asegura.

"Reactivar la licencia municipal, representa la única opción de cumplir el orden judicial y administrativo de Patrimonio Nacional, y su negativa, un abuso contra la reparación de las víctimas, aparte de una discriminación en relación a la licencia de obra menor, dictada en el antecedente inmediato previo, como fue la exhumación del dictador en el año 2019", concluye.

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