• martes 28 de marzo del 2023
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El TSJM levanta las medidas cautelares que impedían las exhumaciones en el Valle de los Caídos

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No aprecian que con la concesión de la licencia se generen ocasiones irreversibles

MADRID, 21 Jun.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado alzar la medida cautelar que impedía las exhumaciones de restos de víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura franquista sepultadas en el Valle de los Caídos al comprender que la llegada de la intervención objeto de la licencia no acarrearía "una transformación urbanística irreversible de las criptas".

Así consta en una sentencia, a la que tuvo ingreso Europa Press, donde los jueces estiman el recurso de apelación interpuesto por la Abogada del Estado en representación de Patrimonio Nacional, contra el coche de 16 de noviembre de 2021, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número diez de Madrid.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo anula esa resolución y acuerda denegar la medida interesada de suspensión de la ejecutividad del Acuerdo de 24 de junio de 2021 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial.

Dicho acuerdo concedía a Patrimonio Nacional licencia urbanística para rehabilitación de accesos a las criptas de la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos brindada por el Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial.

Los jueces concluyen que "no concurren los capitales legales para adoptar la medida cautelar de suspensión de los efectos de la licencia urbanística concedida", señalando que ello debe llevar "a deducir el recurso de apelación interpuesto por Patrimonio Nacional y, con revocación del coche apelado, denegar la medida cautelar pedida".

La Sección resalta que "no se desprende que la llegada de la intervención objeto de la licencia conlleve una transformación urbanística irreversible de las criptas y tampoco que se intente actuaciones que superen de las propias de cuidado, consolidación y restauración que son las toleradas en la ficha del Catálogo. La apertura de huecos sería restituible al estado previo sin excesiva contrariedad".

"Es por este motivo con lo que no apreciamos que con la concesión de la licencia se generen ocasiones irreversibles en el elemento protegido que ponga en riesgo el efecto útil de la sentencia que pudiese recaer", remarcan los jueces.

La Sala relata que el recurrente manifiesta en la instancia que el Estado solicitante de la licencia de proyectos no posee disponibilidad sobre el bien inmueble que es de propiedad de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos.

Al respecto, contesta que esa alegación "no puede sostener la medida cautelar interesada puesto que es conocido que las licencias urbanísticas se dan seguro del derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero". Además, ten en cuenta que en el presente caso concurre la coyuntura que la Fundación es dependiente de Patrimonio Nacional.

En noviembre de 2021, el juez de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid acordó suspender de manera cautelar la licencia de proyectos concedida por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial a Patrimonio Nacional para exhumar a víctimas sepultadas en el Valle de los Caídos.

La suspensión se causó al estimar que se podrían generar daños irreparables antes que se entre en el fondo del recurso interpuesto por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica.

El Gobierno, por medio de Patrimonio Nacional, solicitó en el mes de abril de 2021 a este Ayuntamiento la petición de licencia urbanística para lograr comenzar los trabajos de exhumación y también identificación de las víctimas que fueron inhumadas en las criptas de la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos y que fueron reclamadas por sus familiares.

La Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica solicitó la suspensión aduciendo el "Derecho primordial a la privacidad de los muertos y de sus familias y necesidad de respetar el sagrado reposo eterno que se vería vulnerado si se ingresa a realizar las proyectos expresamente ilegales pedidas".

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