Los agentes acusados de allanamiento de morada fueron declarados no culpables por un jurado popular.
MADRID, 8 Jul.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) revisará este martes el recurso contra la sentencia que absolvió a los agentes de la denominada 'patada en la puerta' luego de que un jurado popular los declarara no culpables de un delito de allanamiento de morada.
La acusación particular, representada por el abogado Juango Ospina de Ospina Abogados, había anunciado anteriormente que llevaría el caso al Tribunal Superior de Madrid.
En su sentencia, el tribunal calificó la conducta de los jóvenes que protagonizaron el incidente en el piso como "repudiable", especialmente dado el contexto de la pandemia con miles de muertos en España.
El juicio inició con seis agentes en el banquillo, pero finalizó con solo dos policías enjuiciados después de que el abogado Juango Ospina retirara la imputación tras la presentación de grabaciones de las cámaras de seguridad que registraron lo sucedido en un piso de la calle Lagasca la madrugada del 21 de marzo de 2021.
El veredicto del jurado declaró por unanimidad a los agentes no culpables, respaldando así la intervención policial en la que se utilizó un ariete para acceder al inmueble luego de que los asistentes a una fiesta se negaran a abrir la puerta por temor a una multa.
Los agentes argumentaron que su actuación cumplió con la legalidad al enfrentarse a una desobediencia grave por parte de los presentes, quienes se negaron a identificarse en 28 ocasiones.
Por otro lado, la acusación particular sostenía que solo se cometió una infracción administrativa por incumplimiento de las normas Covid vigentes durante el estado de alarma. Los jóvenes invocaron su derecho a la inviolabilidad del domicilio para justificar su negativa a abrir la puerta.
La Audiencia Provincial de Madrid archivó el caso contra los asistentes en junio de 2021 y ordenó investigar si los agentes incurrieron en una infracción penal al considerar que hubo un exceso en el ejercicio de la autoridad y violación del derecho a la inviolabilidad del domicilio.
Tras conocer el veredicto, Ospina anunció que apelaría la absolución al TSJM, aunque reconoció que el recurso sería "muy complejo" desde una perspectiva legal, ya que requeriría analizar una serie de elementos jurídicos detallados y rigurosos más allá del debate sobre la inviolabilidad del domicilio.
El abogado recordó que había cinco resoluciones judiciales que confirmaban la inexistencia de un delito previo en el domicilio de la calle Lagasca que justificara la intervención con un ariete.
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