Condenan a 6 años de cárcel al asesino de Puente de Vallecas por alterar su estado mental con drogas.
En un caso que ha capturado la atención de la sociedad madrileña, la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una condena de seis años de prisión a un individuo que asesinó a su expareja en Puente de Vallecas en abril de 2023. En el controversia juicio, el tribunal identificó una eximente incompleta por alteración psíquica, ya que el agresor, Gustavo Daniel O., se encontraba bajo los efectos de drogas al momento de los crímenes. Este fallo se produce en un contexto donde la percepción de la justicia y la seguridad pública son primordiales.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los jueces consideraron que el acusado cometió un delito de asesinato, aunque se le aplicó la atenuante de anomalía o alteración psíquica. A pesar de las severas acusaciones contra él, se estableció un periodo de diez años de libertad vigilada que se implementará una vez que cumpla su condena en prisión.
Los hechos ocurrieron en el transcurso de lo que el acusado describió como un "ritual", aunque esta versión fue rechazada durante el juicio. Ese día, Gustavo Daniel O. grabó un vídeo para las redes sociales que mostraba una imagen de Jesucristo, donde expresaba su arrepentimiento diciendo "lo siento mucho". Este tipo de comportamiento ha suscitado inquietud y cuestionamientos sobre la responsabilidad y el estado mental del agresor.
El abogado defensor, Alberto Ruiz de Alegría García, ha señalado la preocupación por la duración de la condena, que difiere significativamente de las peticiones de las acusaciones. Argumenta que un jurado popular podría haber determinado una completa ausencia de responsabilidad debido a la alteración de las facultades del agresor. Sin embargo, a pesar de que el forense indicara en el juicio que estas facultades estaban anuladas, el tribunal halló que solo estaban "muy notablemente menoscabadas".
El equipo legal de la defensa ha manifestado su intención de impugnar la decisión judicial, sugiriendo que existe un fundamento para solicitar la nulidad del procedimiento y un nuevo juicio, considerando que el informe forense podría haber permitido una eximente completa en este caso. Esta posible apelación continúa reflejando las tensiones entre la justicia, la psiquiatría y la interpretación de los estados mentales en situaciones de delito grave.
En respuesta a la solicitud del fiscal de enviar al acusado a un psiquiátrico, la Sala ha determinado que no hay motivos suficientes para tal medida, sosteniendo que "el episodio ha sido puntual, inducido por tóxicos", lo que contradice la presión por un internamiento a largo plazo. El tribunal afirmó que no era necesaria una medicación continua ni un internamiento en una institución cerrada, a excepción de que se requiera control médico mientras permanezca en prisión.
Las evaluaciones periciales revelaron que el agresor padecía un trastorno psicótico derivado del consumo de sustancias, corroborado por la Policía Nacional que lo encontró en un estado alterado, sosteniendo un crucifijo hecho con palos, lo que añade una capa de horror a esta tragedia. Gustavo O. ha relatado que, en inicio de los hechos, perdió el conocimiento, lo que hace cuestionar su estado de mente y su capacidad para actuar con intención criminal.
La relación entre el acusado y la víctima había sido de pareja entre 2019 y 2021, y aunque ya no eran pareja al momento del crimen, coexistían bajo el mismo techo. Las circunstancias vinculadas a la relación, junto con el uso de metanfetamina y ketamina, son elementos que se han presentado como influencias en el terrible desenlace que tuvo lugar en su hogar.
A pesar de que inicialmente intentó suicidarse, Gustavo ha negado cualquier interés en el esoterismo o la magia, exponiendo que estas aficiones eran propias de la víctima y su familia. Sin embargo, las evidencias encontradas en la escena del crimen, como el libro de rituales y la sal esparcida, levantan más preguntas sobre la naturaleza de su relación y las circunstancias del crimen.
En la noche de los hechos, después de consumir metanfetamina, el agresor se sintió mal tras una discusión con su expareja, cuyo regreso a casa alteró la atmósfera en el piso. Confiesa que tras perder la conciencia, no pudo recordar haberle agredido, sosteniendo que nunca deseó su muerte. A los pocos días de ser recluido en un centro psiquiátrico, recuperó la conciencia y comenzó a comprender la gravedad de la situación en la que se encontraba.
Los peritos informaron que la víctima sufrió un total de 71 lesiones, incluido un impresionante número de heridas contusas y punzantes, lo que subraya la gravedad y la brutalidad del ataque. A pesar de la defensa que plantea una alteración psíquica, el hecho de que solo se encontraran tres lesiones de defensa corroboraría la calificación del delito como asesinato en lugar de homicidio.
El fiscal ha mantenido que el crimen se produjo en el contexto de un trastorno psicótico relacionado con el consumo de drogas, mientras que el agresor, claramente bajo la influencia de estas sustancias, fue arrestado en el mismo lugar del crimen. En su escrito, el fiscal solicitaba una condena de catorce años por asesinato, incluidos agravantes, mientras que la defensa busca la consideración de una eximente total para evitar la responsabilidad penal, lo que añade aún más controversia a este trágico caso.
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